4. FAMÍLIA
La constitución del patrimonio protegido es una medida creada con el objetivo de favorecer la protección económica de las personas con discapacidad o dependencia de la que pueden obtener ventajas fiscales importantes las personas que aporten a los mismos. Se trata de una masa patrimonial formada por bienes y derechos aportados gratuitamente cuya finalidad es la satisfacción de las necesidades vitales del discapacitado, para ello está sometido a un régimen especial de administración y supervisión.
Documentación necesaria:
- Documento Nacional de Identidad
- Acreditación de minusvalía o discapacidad desglosada
- Libro de familia, en caso de tratarse de un menor
- Justificante de la primera aportación
El divorcio es la disolución legal del vínculo matrimonial, a solicitud de uno o de los dos cónyuges, cuando se dan las causas previstas por la ley. A través de este proceso se determina la gestión y división del patrimonio común del que era poseedor del matrimonio.
Cuando un matrimonio quiera divorciarse de mutuo acuerdo puede hacerlo en la notaría, como vía alternativa al divorcio judicial. Este proceso pretende acortar los plazos de tramitación en aquellos divorcios de mutuo acuerdo que resultan menos complejos en los que no haya hijos menores.
El divorcio ante notario permite disolver el vínculo matrimonial ante un notario, sin necesidad de atravesar un proceso judicial. Es un método mucho más sencillo y práctico que el juicio de divorcio pero no puede aplicarse en todos los casos. El divorcio notarial se presenta como una de las mejores vías para divorciarse en España ya que este proceso permite acortar los plazos de tramitación en aquellos divorcios de mutuo acuerdo menos complejos.
Documentación necesaria:
- Documento Nacional de Identidad de los miembros del matrimonio
- Libro de familia
- Certificado de matrimonio
- Certificado de nacimiento de los hijos comunes
- Certificado de empadronamiento de uno de los cónyuges
- Convenio Regulador redactado por el abogado contratad
- En caso de liquidación de la sociedad de gananciales, se puede requerir la documentación necesaria para acreditar el patrimonio existente en la sociedad
La ceremonia de matrimonio ante notario es un trámite sencillo que nada tiene que envidiar, en cuanto a emotividad se refiere, a un matrimonio religioso. El enlace consiste en la firma de la escritura del matrimonio por parte de los contrayentes. Junto a ellos han de acudir dos testigos mayores de edad que pueden ser o no parientes, por lo que podrán escoger entre familiares o amigos.
<<<Explicar el trámite vía Registro Civil o expediente a través de Notaría >>>
Documentación necesaria:
- Certificado literal de nacimiento de cada uno de los miembros de la pareja.
- Certificado de empadronamiento histórico.
- Testimonio judicial, el auto firme de aprobación del expediente matrimonial. Esto puede ser tramitado directamente por el notario.
- Si alguno de los miembros de la pareja hubiera estado anteriormente casado será preceptivo el certificado literal de matrimonio en el que conste que está divorcio o su matrimonio ha sido declarado nulo o en su caso defunción en el caso de que el otro cónyuge hubiera fallecido. El certificado de divorcio en España no existe, tendrán que pedir el certificado de matrimonio y en él constará anotado el estado actualizado del matrimonio ya sea casados, separados, divorciados… etc.
- A los contrayentes extranjeros se les exige la aportación de un certificado de soltería o capacidad matrimonial (el que expidan en cada país).
- Asimismo, si alguno de los contrayentes es ciudadano extranjero deberá aportar además, el Certificado sobre la necesidad de publicación de edictos. Este documento debe gestionarse en el Consulado de su país en España.
La pareja de hecho o unión de hecho consiste en la relación estable y pública entre dos personas de distinto o igual sexo con intereses comunes en desarrollar una vida familiar, que conviven sin contraer matrimonio. Esta condición se adquiere y se acredita mediante certificación expedida por el Registro.
Una pareja de hecho puede, si lo desea, pactar su régimen económico en el documento notarial (gananciales, separación de bienes, de participación).
Documentación necesaria:
- Documento Nacional de Identidad
- Acreditación de estado civil
- Certificado literal de nacimiento de ambos
- Libro de familia (en caso de hijos en común)
- Documento acreditativo de convivencia (histórico de empadronamiento)
Las capitulaciones matrimoniales son un documento o contrato en el que se establece la relación económica que tendrá lugar durante el matrimonio, es decir, el régimen económico matrimonial que ha de regular la vida económica de los cónyuges (gananciales, separación de bienes, participación en ganancias…). Este régimen económico es por el que se deberán regir los cónyuges o futuros cónyuges componentes del matrimonio.
Asimismo, además del régimen económico, en este documento se pueden incluir otros aspectos relacionados con el matrimonio como posibles normas de convivencia o pactos en caso de crisis matrimonial.
Documentación necesaria:
- Documento Nacional de Identidad de ambos contrayentes
- Tarjeta de residencia o pasaporte de los dos cónyuges