5. TESTAMENTOS, HERENCIAS Y DONACIONES
Las personas llamadas a recibir una herencia son libres de aceptarla o repudiarla. La aceptación de la herencia es el acto voluntario y libre por el cual una persona llamada a una herencia manifiesta su voluntad de aceptarla.
En el momento en el que se realiza la aceptación de la herencia, el heredero entra a formar parte del patrimonio hereditario que está integrado por los bienes, derechos y deudas del causante.
Documentación necesaria:
- Documento Nacional de Identidad de la persona interesada
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del fallecido
- Certificado de las últimas voluntades del fallecido
- Certificado de defunción
- Certificado de defunción de familiares premuertos
- Títulos de propiedad de todos los bienes y derechos
- Certificado de seguros de cobertura de fallecimiento en caso de haberlos
- Certificados de deudas
- Último recibo del impuesto de bienes y servicios
- Certificados bancarios de saldo y titularidad
La declaración de herederos es el trámite, regido por la legislación correspondiente, que se realiza para determinar quiénes son los llamados a heredar los bienes, derechos y obligaciones de un difunto.
Este procedimiento legal únicamente sirve para señalar las personas que van a adquirir la cualidad de heredero de un determinado causante, es decir, no regula el reparto de los bienes, sólo la designación de los llamados a heredar.
Documentación necesaria:
- Documento Nacional de Identidad de la persona que se considera con derecho a heredar
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del fallecido
- Dos testigos mayores de edad
- Certificado de defunción
- Certificado de defunción de los familiares directos del fallecido
- Certificado de las últimas voluntades de la persona fallecida
- En caso de estar casado, certificado de matrimonio del fallecido
- En caso de estar divorciado, testimonio de la sentencia de divorcio del fallecido
- Libro de familia del fallecido
La donación es un contrato ante notario a través del cual se transfiere, de manera gratuita, la propiedad de un bien a otra persona que acepta dicha transferencia. Las partes en este acuerdo se denominan donante y donatario, siendo el primero el que transfiere el bien sin esperar recibir nada a cambio y el segundo el que lo recibe.
Documentación necesaria:
- Documento Nacional de Identidad del donante
- Documento Nacional de Identidad del donatario
El pacto sucesorio es una forma alternativa a la herencia o testamento para transmitir bienes ahora o en le momento del fallecimiento. Consiste en un contrato firmado ante notario en el que el interesado en realizarlo manifiesta, bajo su voluntad, pudiendo incluso adelantar la entrega de algunos de sus bienes para ser entregados en vida y no mortis causa. Es decir, el pacto sucesorio permite repartir la herencia en vida. No existe en toda España, solo en determinados derechos forales.
Documentación necesaria:
- Documento Nacional de Identidad de la persona interesada en realizar el pacto sucesorio
- Documentación que acredite el parentesco con la o las personas que acuerdan la sucesión
- Títulos que acrediten la propiedad de los bienes y derechos a transmitir
Un testamento es un documento formalizado ante notario en el que la persona solicitante del mismo indica su voluntad respecto al destino de sus bienes después de su fallecimiento; es un acto solemne sometido a ciertos requisitos de forma y en el que necesariamente se consta de un heredero, ya sea una persona o una institución.
Documentación necesaria
- Documento Nacional de Identidad
El testamento vital es un documento firmado ante notario en el que se recogen las últimas voluntades del causante. Es decir las condiciones en las que desea pasar sus últimos días así como la persona que debe tomar las decisiones relativas a este momento de su vida. Véase si se desea o no la administración de determinados cuidados médicos en caso de necesitarlos, tratamientos quirúrgicos, el suministro de determinados medicamentos o calmantes, la destinación del cuerpo tras la muerte, expresar si se desea o no recibir asistencia religiosa, si existe una preferencia por ser enterrado o incinerado…
Documentación necesaria:
- Documento Nacional de Identidad
- Datos de identificación de la persona elegida como representante de las decisiones manifestadas